miércoles, 3 de abril de 2013

Desde el 1 de abril, Correos comenzará a descontar en las incapacidades temporales por contingencia común en aplicación del RD 20/2012 de 13 de julio (personal funcionario)

Correos ha comunicado que, a partir del 1 de abril, y como consecuencia del Real Decreto 20/2012 de 13 de julio de 2012 -que recogía también la supresión de la paga extraordinaria de diciembre de 2012 y la supresión de días durante el año 2013- comenzará a aplicar el descuento establecido en los supuestos de incapacidad temporal por contingencia común del personal funcionario según la tabla adjunta:




El descuento no se aplicará:
 Con informe médico previo, en los casos de hospitalización, intervención quirúrgica, radioterapia, quimioterapia, inicio en la gestación, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia.

 Hasta los 4 primeros días de ausencia por contingencias comunes a lo largo del año natural de los cuales sólo 3 de ellos podrán ser consecutivos.

CCOO rechazó y combatió desde el principio este Real Decreto promoviendo cuestión de inconstitucionalidad y, actualmente, tenemos judicializada la supresión de la paga extraordinaria, hemos suavizado la aplicación de la supresión de días de libre disposición en Correos consiguiendo que no toquen los días de asuntos particulares, y valoraremos si existe algún resquicio legal donde acogerse para una posible judicialización de los descuentos en caso de incapacidad temporal.

CCOO está totalmente en contra de la criminalización que se está llevando a cabo de los empleados y empleadas públicas con la única intención de atacar el sector público para acabar con el Estado de Bienestar, y está combatiendo jurídicamente un Real Decreto que considera injusto, discriminatorio y que forma parte de una política de austeridad que nunca conseguirá sacarnos de esta crisis.



POR EL MANTENIMIENTO DE NUESTROS DERECHOS.

CCOO, TU SINDICATO.